Introducción
¿Formal o informal? |
Por lo
tanto, cuando una persona natural efectúa un servicio y por esta actividad
realizada de forma eventual no emite la respectiva la factura o nota fiscal, el
contratante debe efectuar la retención de impuestos: IT, IUE o RC-IVA.
No
obstante, en la práctica suele ocurrir que la persona natural que efectúa
el servicio no admita la retención de impuestos, es decir, que la persona
natural quiera recibir exactamente lo que estima el valor de su trabajo,
entonces será necesario subir el costo del servicio a un importe,
tal, que alcance para cubrir las retenciones. Esta práctica que no es del todo
correcta pero que no es ilegal, se la conoce como el “Grossing up” y si bien no
está contemplada, en ninguna norma legal, se la utiliza para que el agente
de retención soporte la carga fiscal establecida en la norma.
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